Víctor Fuentes
Agencia Reforma
Ciudad de México 12 junio 2024.- México se encamina a convertirse en el único de los 38 países miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) que elegirá a sus jueces constitucionales por voto popular.
Lo anterior, si es aprobada la iniciativa que el Presidente Andrés Manuel López Obrador envió al Congreso el pasado 5 de febrero, por la cual los nueve Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), así como más de mil 650 jueces y magistrados federales, serían electos en las urnas.
Todos estos juzgadores están facultados para pronunciarse sobre la constitucionalidad de leyes y actos de autoridad, aunque la última palabra es de la Corte.
Ninguno de los otros 37 países de la OCDE somete este tipo de nombramientos a voto popular, sino que aplican diversos métodos de selección que involucran a los tres Poderes y, en ocasiones, a comités independientes.
Usualmente, los jueces de Cortes Supremas o Constitucionales son nombrados por el Ejecutivo y confirmados por el Congreso o alguna de sus cámaras, en algunos casos, previas recomendaciones del propio Poder Judicial, de acuerdo con una revisión.
Para jueces inferiores a las Cortes Supremas, prevalecen designaciones internas de los Consejos de la Judicatura u otros cuerpos judiciales, con la excepción notable de Estados Unidos, donde todos los jueces federales son designados por el Ejecutivo y confirmados por el Senado.
Japón es el único miembro de la OCDE que permite algún tipo de participación popular, pero no para el nombramiento original, sino para una ratificación.
Los quince miembros de la Corte Suprema nipona tienen que aparecer en la boleta de la elección general siguiente a su nombramiento. Pero en 25 ocasiones previas, ni un solo juez perdió su cargo por repudio popular, incluidos once que fueron confirmados en 2021.
En Estados Unidos aún existen elecciones para jueces, pero a nivel de Cortes estatales o locales, y solo en algunas entidades. Ciertos países de la OCDE, como Hungría y Polonia, han sido criticados por injerencia política en el nombramiento y control de los tribunales.
En México, los ministros de la Corte fueron designados solo por el Congreso entre 1917 y 1928, cuando la facultad de nombramiento pasó al Ejecutivo, con ratificación del Senado.
Los jueces y magistrados, en tanto, fueron nombrados directamente por la Corte de 1917 a 1994, cuando se creó el Consejo de la Judicatura Federal (CJF).
Desde entonces, estos juzgadores han sido designados mediante concurso de oposición organizados por el CJF, casi siempre exclusivos para personal del propio Poder Judicial.
La reforma constitucional de López Obrador eliminaría el CJF para dividirlo en dos: un nuevo Tribunal de Disciplina Judicial (TJD), integrado por cinco magistrados también electos por voto popular, y un «órgano de administración judicial», que mantendría las funciones del CJF, salvo las disciplinarias, con un integrante designado por el Ejecutivo, uno por el Senado y tres por la Corte.