• Se puntualizó en que la actividad laboral debe efectuarse en condiciones de equidad e igualdad entre mujeres y hombres, que aseguren la integridad física y mental

San Luis, SLP, 12 mayo 2024.- Con el propósito de priorizar la opción de teletrabajo para las trabajadoras al servicio del estado que presenten embarazos de alto riesgo, se turnó a las comisiones de Trabajo y Previsión Social; e Igualdad de Género una iniciativa con Proyecto de Decreto que plantea adicionar último párrafo al artículo 36 de la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí.

Se explicó que de acuerdo al proyecto de decreto se establece que el la Ley de los Trabajadores al Servicio de las instituciones públicas del Estado de San Luis Potosí, titulo segundo de los trabajadores capítulo IV de las vacaciones, permisos y licencias.

En su artículo 36 se plantea que las trabajadoras embarazadas no realizarán actividades que exijan grandes esfuerzos o impliquen peligro para su salud, en relación con la gestación, gozarán de un mes de descanso antes de la fecha del parto y otros dos después del mismo, con goce de sueldo.

En la exposición de motivos se establece que la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado de San Luis Potosí, en su artículo segundo, que el trabajo es un derecho y un deber social, y ha de efectuarse en condiciones de equidad e igualdad entre mujeres y hombres, que aseguren la integridad física y mental, así como un nivel económico decoroso para las personas trabajadoras y su familia, en un marco de libertad y dignidad, no discriminación y libre de violencia.

Instagram
WhatsApp