• Por admitir queja de sobrerrepresentación

Ciudad de México, 27 agosto 2024.- Morena presentó un recurso por “conflicto de interés” contra la Ministra Presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Norma Piña, después de que esta admitiera a trámite una denuncia del Partido Acción Nacional (PAN) que busca revertir la mayoría en la Cámara de Diputados.

Mario Delgado, presidente nacional de Morena, anunció que la coalición que forman con el Partido y el Partido del Trabajo, presentaron dicho recurso de recusación ante la SCJN por admitir la queja por la sobrerrepresentación de sus legisladores.

“Con esta actuación parcial, facciosa por parte de algunos integrantes de la corte, ahí es donde con mayor razón se le demuestra al pueblo de México que urge una reforma profunda al poder judicial, como lo están planteando nuestros diputados ya en comisiones que lo aprobaron, la iniciativa presentada por el presidente Andrés Manuel López Obrador e impulsada también por nuestra presidenta Claudia Sheinbaum”, comentó el dirigente nacional del guinda durante una conferencia de prensa.

“Estamos pidiendo la recusación porque tienen claramente un conflicto de interés. Queremos recordar que el ministro (Juan Luis) González Alcántara fue el anfitrión de aquella cena que tuvieron con la ministra presidenta de la Corte y el presidente del Partido Revolucionario Institucional, en pleno proceso electoral. Evidentemente no pueden ellos atender y estamos pidiendo la recusación, porque tienen conflicto de interés y ellos no podrían hablar sobre ese tema, dictaminar sobre ese tema”, dijo Delgado Carrillo al concluir la Reunión Constitutiva del Grupo Parlamentario de Morena para la LXVI Legislatura de la Cámara de Diputados 2024-2027.

En un documento, emitido por la coalición “Juntos Haremos Historia” y dirigido al Tribunal Pleno de la SCJN, señaló que se requiere la excusación de la ministra presidenta y el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, para que se excusen del trámite y resolución de la contradicción de criterios 231/2024.

 

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