- La Suprema Corte analizó la constitucionalidad de la Ley Orgánica de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Quintana Roo.
- El debate se centró en las facultades de esa Fiscalía para solicitar la intervención de comunicaciones privadas y la localización geográfica en tiempo real.
Ciudad de México 4 noviembre 2025.- El Pleno de la Nueva Corte resolvió una acción de inconstitucionalidad para determinar si la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción de Quintana Roo puede solicitar la intervención de comunicaciones privadas o la localización geográfica de personas en tiempo real.
La Ministra Yasmín Esquivel Mossa recordó que la Constitución protege la inviolabilidad de las comunicaciones privadas, y que sólo el titular del Ministerio Público de cada Estado puede pedir autorización para intervenirlas.
Esquivel Mossa destacó que si bien la lucha contra la corrupción es muy importante; la Constitución es clara al reservar a una sola autoridad la facultad de ordenar la intervención de comunicaciones privadas y no debe abrir la puerta a un uso indiscriminado de mecanismos que afectan la vida privada de las personas.
Por otra parte, la Ministra Yasmín Esquivel consideró constitucional la norma que permite a la Fiscalía Anticorrupción de Quintana Roo solicitar la geolocalización en tiempo. “La persecución de los delitos en materia de corrupción requiere de medidas eficaces para combatir esas graves conductas que atentan contra el principio de honradez en el desempeño del servicio público”, concluyó.
