- En sesión ordinaria se presentó una iniciativa de reforma al artículo 110 del código penal del estado de san Luis potosí
San Luis, SLP, 25 septiembre 2024.- En Sesión Ordinaria, fue turnado a la Comisión Primera de Justicia, la iniciativa presentada por el diputado Cuauhtli Fernando Badillo Moreno para reformar el artículo 110 del Código Penal del Estado de San Luis Potosí, con el objetivo de declarar imprescriptibles los delitos sexuales cometidos contra menores de edad.
En este caso, se establece que tratándose de los delitos de abuso sexual; estupro, hostigamiento sexual, acoso sexual y difusión ilícita de imágenes, cuando la víctima fuere menor de edad, serán imprescriptibles
En la exposición de motivos, el legislador indica que esta iniciativa responde a la necesidad de proteger a los menores, quienes a menudo no tienen la capacidad de reconocer o denunciar estos delitos en el momento en que ocurren.
La protección de los menores de edad contra los delitos sexuales es una prioridad fundamental en el ámbito del derecho internacional público. Diversos tratados y convenciones internacionales subrayan la obligación de los Estados de garantizar la seguridad y el bienestar de los niños y niñas, reconociendo que los delitos sexuales constituyen una de las formas más graves de violencia y abuso.