• El Pleno de la SCJN avaló por unanimidad un proyecto de la Ministra Yasmín Esquivel Mossa referente a la autoadscripción indígena y el acceso a la justica.

Ciudad de México, 19 agosto 2026.- Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizaron si una vez que una persona manifestó su autoadscripción como indígena dentro de un juicio mercantil, el tribunal debió activar las medidas constitucionales para garantizar su acceso pleno a la justicia, sin exigir formalidades o pruebas adicionales.

El proyecto presentado por la Ministra Yasmín Esquivel Mossa refiere que una mujer indígena zapoteca, adulta mayor y residente de Juchitán, Oaxaca, enfrentó un juicio mercantil en el que fue condenada por el pago de diversos pagarés.

Al promover amparo señaló que su lengua materna es el zapoteco y que durante una audiencia confesional no contó con intérprete ni se verificó si comprendía plenamente el español; sin embargo, el Tribunal Colegiado desestimó su planteamiento porque no había acreditado previamente y de manera fehaciente su pertenencia a una comunidad indígena.

La Ministra Esquivel explicó que la autoadscripción indígena no es una carga procesal ni pierde eficacia por el momento en que se manifieste. Ante ella, las personas juzgadoras deben valorar las circunstancias del caso y determinar si es necesario garantizar intérprete, defensa especializada u otras medidas que permitan a la persona comprender y hacerse comprender durante el proceso.

Es así que el Tribunal Pleno aprobó por unanimidad la revocación esa determinación.